Ciudad De México, 24 de marzo de 2026.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió acciones de inconstitucionalidad presentadas contra reformas legislativas en los estados de Durango y Nayarit, invalidando disposiciones que establecían sesiones privadas como regla general para los plenos judiciales y mecanismos de evaluación de candidaturas contrarios al modelo federal. La decisión, tomada en la sesión del Pleno del 23 de marzo de 2026, involucró al Poder Ejecutivo Federal y a la Comisión Nacional de Derechos Humanos como actores promoventes de las controversias.
En el caso de Durango, la Corte determinó la invalidez de una norma que establecía el carácter privado como regla general para las sesiones del pleno del Tribunal Superior de Justicia local. Esta disposición fue cuestionada por contravenir los principios de publicidad y transparencia que deben regir la función jurisdiccional. Además de la regla sobre las sesiones, las fuentes indican que se invalidaron otras disposiciones relacionadas con la duración de los mandatos de los integrantes del poder judicial en dicha entidad, aunque los detalles específicos de la votación final no han sido difundidos completamente.
Respecto a Nayarit, el máximo tribunal declaró inconstitucional el mecanismo de evaluación de candidaturas a través de un Comité Estatal de Evaluación Único. La SCJN argumentó que este sistema contravenía el modelo federal establecido para la selección de magistrados y jueces. La resolución también reconoció una omisión legislativa por parte del Congreso de Nayarit, al no incorporar en su normativa los principios de insaculación y paridad de género, elementos considerados esenciales para garantizar la equidad en el acceso a la justicia.
Las acciones de inconstitucionalidad fueron promovidas en el contexto de las reformas al poder judicial impulsadas a nivel nacional, buscando armonizar las legislaciones locales con los nuevos marcos constitucionales. Tanto el Ejecutivo Federal como la Comisión Nacional de Derechos Humanos participaron activamente en estos procesos legales para asegurar que las normas estatales no obstaculizaran la implementación del nuevo sistema de justicia.
La resolución de la SCJN sienta un precedente sobre la obligación de los congresos locales de alinear sus leyes secundarias con los estándares federales en materia de transparencia judicial y métodos de selección de operadores jurídicos. Si bien la investigación disponible no detalla la hora exacta de la sesión ni el resultado numérico de la votación en la acción acumulada contra Durango, el efecto de la sentencia obliga a los legisladores de ambas entidades a emitir nuevas normas que se ajusten a los criterios establecidos por la Corte.
Este fallo se suma a la serie de determinaciones que el Pleno de la Suprema Corte ha emitido recientemente para resolver las contradicciones entre las reformas federales y las legislaciones estatales, consolidando la interpretación de que la publicidad en las sesiones judiciales y la paridad en las candidaturas son requisitos indisponibles para la validez de las normas locales.