Hermosillo, 12 de abril de 2026.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó diversos artículos de un reglamento de Hermosillo, Sonora, que permitían al municipio ocupar viviendas privadas abandonadas para rentarlas a terceros o transferir derechos posesorios a inmobiliarias.
El pleno de la SCJN determinó, por unanimidad, que los municipios no pueden tomar posesión ni disponer del uso o aprovechamiento de inmuebles privados, aun cuando se encuentren en abandono. La Corte precisó que la regulación sobre la posesión y uso de bienes privados corresponde al Congreso estatal, no a los municipios.
Los artículos invalidados fueron el 3, 8, 10, 11, 12 y 15 del Reglamento para Sustanciar y Emitir Declaratorias de Abandono y Posesión de Inmuebles Baldíos, Edificaciones y Viviendas de Hermosillo. El ministro ponente, Giovanni Figueroa Mejía, señaló que las normas municipales rebasaban la potestad reglamentaria municipal e invadían competencias del Congreso estatal.
A pesar de lo anterior, la SCJN validó otras normas del mismo reglamento relacionadas con la posibilidad de emitir declaratorias de abandono de inmuebles.
Respecto al caso, Hugo Aguilar Ortiz comentó: “Entiendo que tenemos límites, porque debemos actuar en función de lo que esté impugnado, pero sí llama la atención esta legislación que, en aras de la buena apariencia o la necesidad, se pueden ocupar bienes que estén ahí, durante cierto tiempo sin habitar, para uso público, dice, incluso, para cubrir necesidades de algunas otras personas”.