Ciudad De México, 03 de julio de 2026.- El Senado trabaja en el proyecto de dictamen de la Ley General de Justicia Cívica e Itinerante, una legislación que presenta un retraso de nueve años respecto a una resolución que obliga al Congreso a legislar en la materia. El anteproyecto de dictamen se encuentra actualmente en revisión en la Comisión de Justicia del Senado.
La ley reglamenta el artículo 73 constitucional y tiene como función solucionar conflictos comunitarios y faltas administrativas para evitar que escalen y lleguen al Poder Judicial. Su finalidad es resolver conflictos menores resultantes de la relación cotidiana de las personas con sus vecinos, en las escuelas y en las calles, garantizando así el acceso efectivo a la justicia en todo el territorio nacional.
El proyecto prevé la instalación de juzgados cívicos estatales y municipales en las 32 entidades de la República. Además, establece una modalidad itinerante para que el juez y servidores públicos se trasladen a comunidades, colonias, barrios, localidades alejadas o de difícil acceso y zonas marginadas. Del análisis a las legislaciones locales se encontró que sólo nueve entidades cuentan con una legislación especializada que contempla la integración del juzgado cívico y su estructura mínima, por lo que la ley propuesta brindará la guía para que en las otras 23 entidades también se establezcan estos órganos.
Entre las propuestas destaca el establecimiento de un “registro de las personas infractoras” a nivel estatal. Este registro será de consulta obligatoria para las personas juzgadoras para individualizar las sanciones, sobre todo en casos de reincidencia. Las sanciones contempladas van desde la amonestación hasta la multa, la cual podrá ser conmutada por trabajo comunitario.
Antes de que el juez cívico conozca de la falta, la persona acusada podrá optar por los mecanismos alternativos de solución de controversias, para lo cual se habilitarán centros especializados. En el caso específico de personas menores de 18 años presentadas por alteraciones del orden público, el juez deberá ponerlas bajo resguardo, solicitar su revisión médica y notificar de inmediato a sus padres o tutores. La implementación de esta normativa permitiría resolver conflictos rezagados de manera pronta y reducir la carga de trabajo de los tribunales.