Ciudad De México, 14 de abril de 2026.- Ignacio Mier Velazco, líder de Morena en el Senado, descartó que se promulguen leyes secundarias del Plan B electoral en los 16 días que restan del periodo de sesiones ordinarias. El legislador afirmó que la aplicación de la reforma, junto con el ahorro de recursos en congresos estatales y ayuntamientos, así como la integración de cabildos, pueden avanzar sin necesidad de nueva legislación.
“Las leyes secundarias, muchas de ellas, en mi opinión personal, tienen que ver ya con atribuciones que tiene el propio Instituto Nacional Electoral”, señaló Mier Velazco. Respecto a las remuneraciones, indicó: “Ejemplo: al ajustarse ellos a la disposición constitucional y a la ley secundaria en materia de remuneraciones, no requerimos una ley secundaria o alguna ley que reglamente lo que está establecido en la Reforma Constitucional”.
Por otra parte, con la entrada en vigencia del Plan B electoral, el contrato vigente del Instituto Nacional Electoral (INE) con Seguros Atlas por Gastos Médicos Mayores queda en vilo. La reforma estableció en la Constitución la prohibición a los organismos electorales de contratar con dinero público seguros de gastos médicos privados. Para el INE, estos seguros representan 335 millones de pesos entre 2026 y 2027.
El contrato del INE podría ser violatorio de las nuevas reglas de inmediato, debido a que no hubo artículos transitorios que dieran directriz sobre qué pasaría con ese tipo de instrumentos vigentes. El cuarto transitorio de la reforma indica únicamente que el INE revisará y adecuará sus disposiciones normativas, administrativas y presupuestarias para garantizar el cumplimiento del decreto.
Existe una cláusula en la que el INE puede cancelar el contrato, ya sea por falta de presupuesto o por otro tipo de cuestiones legales, como la entrada en vigor del Plan B. Aunque este año existe suficiencia presupuestal para el pago del seguro, su cancelación, en caso de darse, sería derivada de la nueva normativa. El texto del fallo de la licitación establece que la erogación para los ejercicios fiscales 2025, 2026 y 2027 “estará sujeto a la disponibilidad presupuestal que apruebe la Cámara de Diputados y el presupuesto que apruebe el Consejo General del Instituto”.
El documento añade que los efectos estarán “condicionados a la existencia de los recursos presupuestarios respectivos, sin que la no realización de la referida condición suspensiva origine responsabilidad alguna para las partes, cualquier pacto en contrario se considerará nulo”.